ARRANQUE DE TERCERA Y ÚLTIMA ETAPA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA EN MATERIA DE JUSTICIA LABORAL

El pasado 20 de septiembre de 2022, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Senado de la República declaró el inicio de funciones de la tercera etapa de implementación de la reforma en materia de justicia laboral, en cumplimiento a lo que dispone el artículo sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en Materia De Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 1° de mayo de 2019.

Con motivo de lo anterior, a partir del 3 de octubre de 2022, entran en vigor las nuevas reglas en materia de impartición de justicia laboral, esto es, inicia el procedimiento de conciliación prejudicial obligatoria, que será llevado a cabo por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o los Centros de Conciliación Estatales, y en caso de no poder llegar a un acuerdo conciliatorio, la judicialización del conflicto ante los Tribunales Laborales Federales o Locales, dependientes ahora del Poder Judicial, en las siguientes entidades de la República y sedes:

En ese sentido, en las 11 entidades antes referidas (con lo que concluye la fase última de esta reforma), a partir del 3 de octubre de 2022, comenzarán operaciones los centros de conciliación locales y federal, así como los tribunales laborales federal y locales, y con ello, las nuevas reglas procesales para resolver los conflictos laborales, por lo que es recomendable sus asesores internos o externos, se encuentren plenamente capacitados, para atender oportuna y adecuamente los conflictos que se susciten en sus centros de trabajo, a partir de la fecha referida, fecha en la que dicho sea de paso, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, dejarán de recibir demandas laborales.

Si su empresa requiere de nuestra asesoría u orientación, para la mejor comprensión de la reforma laboral y/o de atención de Audiencias de Conciliación Prejudicial o de juicios en los nuevos tribunales, bajo las reglas ahora de los juicios orales, no dude en contactarnos.

Lic. Alberto Carlos Ipiña Martinez
Coordinador de Consultoría Laboral & Seguridad Social