El pasado 20 de septiembre de 2022, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Senado de la República declaró el inicio de funciones de la tercera etapa de implementación de la reforma en materia de justicia laboral, en cumplimiento a lo que dispone el artículo sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en Materia De Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 1° de mayo de 2019.
Con motivo de lo anterior, a partir del 3 de octubre de 2022, entran en vigor las nuevas reglas en materia de impartición de justicia laboral, esto es, inicia el procedimiento de conciliación prejudicial obligatoria, que será llevado a cabo por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o los Centros de Conciliación Estatales, y en caso de no poder llegar a un acuerdo conciliatorio, la judicialización del conflicto ante los Tribunales Laborales Federales o Locales, dependientes ahora del Poder Judicial, en las siguientes entidades de la República y sedes:
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