ASPECTOS FUNDAMENTALES PARA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN LA CDMX

De conformidad con el artículo 4 de la Ley General de Salud, son autoridades sanitarias: el presidente de la República, la Secretaría de Salud, el Consejo de Salubridad General y los gobiernos de los Estados; así, es que al margen de los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reanudación de Actividades Económicas” publicados por la Secretaría de Salud, en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020, el gobierno de la Ciudad de México, en esa misma fecha y como autoridad competente, publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los “Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México”, y así mismo el pasado 12 de junio se publicaron, modificaciones a dichos lineamientos y además, el listado de “Lineamientos, Normas, Guías y Protocolos de Protección a la Salud, que deberán cumplir los sectores para reanudar actividades, hacia un regreso a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México”.

 

Derivado de lo anterior, y para nuestros clientes y amigos que cuentan con centros de trabajo en la Ciudad de México, hemos identificado los principales aspectos que deben considerar, ya sea para continuar con sus actividades en caso que sean esenciales y no hayan suspendido o, en caso de ser no esenciales, aquellos aspectos a cuidar para su reapertura, en cuanto el semáforo de alerta sanitaria se los permita:

 

  • Los Lineamientos ya referidos, serán aplicables para empleados, empleadores y personas que habitan o visiten la CDMX;
  • El semáforo de alerta sanitaria que difundirá la CDMX, será definido en coordinación con el Gobierno Federal y de él dependerá, el momento en que se pueden retomar actividades en los centros laborales;
  • Los Lineamientos, establecen en forma clara, dependiendo del nivel de contagio, cuáles son las empresas, industrias y giros que pueden continuar realizando sus actividades en el máximo nivel de contagio –esenciales- (rojo); y así mismo, en el caso de los giros no esenciales, en que porcentaje de aforo, pueden ir retomando actividades presenciales en forma gradual. Por ejemplo, en el nivel de alerta alto (naranja), los restaurantes podrán reiniciar hasta con un 40% de aforo y de un 60%, en el nivel medio (amarillo);
  • El regreso de los trabajadores al servicio del Gobierno de la Ciudad de México en las oficinas públicas, será el 10 de agosto;
  • Los empleadores, además de implementar los protocolos que les apliquen por sector o giro, deberán implementar 13 acciones básicas: fomentar el trabajo a distancia y de manera obligatoria para personas vulnerables; lavado de manos con agua  y jabón frecuentemente o bien, usar soluciones a base de gel (70% de alcohol); mantener sana distancia entre personas (1.5m); señalización al interior del establecimiento para indicar flujos y medidas de distanciamiento; colocación de tapetes desinfectantes en las entradas de los centros de trabajo con concentraciones de hipoclorito de sodio; sanitización de herramientas de trabajo, evitando que sean compartidas; limpieza exhaustiva y sanitización frecuente; señalización, comunicación y capacitación sobre prácticas de limpieza e higiene; abasto de insumos para lavado y desinfección del establecimiento; toma de temperatura de los empleados diariamente y en caso de temperaturas mayores a 37º, dar aviso a la autoridad, mediante LOCATEL o las herramientas digitales disponibles; limpieza de los insumos, bienes o productos que se reciben en el establecimiento; realizar en forma diaria el monitoreo de síntomas por COVID-19 a los trabajadores, desde el ingreso al centro de trabajo, mediante un filtro para detectar síntomas compatibles con el virus y en caso de identificar alguno de ellos, tendrán la obligación de reportar dichos casos llamando a LOCATEL, para implementar las medidas que le sean indicadas y en estos casos, deberá asegurarse que el caso sospechoso se aísle en su domicilio y se practique el “autodiagnóstico de COVID-19” por alguno de los medios digitales contemplados para ello por el gobierno local; a su costa, los centros de trabajo con 30 empleados o más, deberán realizar a cuando menos el 5% de su personal, pruebas  COVID-19, semanal o quincenalmente (dependiendo el caso) y reportar el resultado en el número de LOCATEL.
  • De forma categórica, los Lineamientos establecen que los patrones NO podrán despedir trabajadores que presenten síntomas compatibles con COVID-19 o que hubieren resultado positivos;
  • Los responsables de las actividades que reanuden conforme al semáforo, deberán: a) Contar con la autorización del IMSS (Autoevaluación) –en este tema aunque el documento no lo establece, a la luz de los Lineamientos federales, esta autorización solo tendría que aplicar para los giros esenciales; b) A partir del 15 de junio, registrarse en la plataforma https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/ donde se deberán ingresar los datos generales del centro de trabajo, leer el alcance de los protocolos que corresponda implementar, de acuerdo al sector y ACEPTAR el estricto cumplimiento de los mismos, para lo cual la plataforma emitirá una Carta Compromiso; c) Publicar en un lugar visible del establecimiento, la Carta Compromiso y d) Cumplir con las condiciones, horarios y jornadas de trabajo que se establezcan en los lineamientos o protocolos;
  • El INVEA, la Agencia de Protección Sanitaria y la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, en el ámbito de sus atribuciones, llevarán a cabo las acciones de verificación para el cumplimiento de los Lineamientos, por lo que en el caso de estas 3 dependencias NO quedan suspendidos plazos ni términos;
  • En tanto el semáforo continúa en rojo, se irán aperturando gradualmente ciertos giros y sectores, para realizar una transición ordenada al color naranja (nivel de contagio alto). Por ejemplo, a partir del 16 de junio reinicia actividades el sector manufacturero, solo de lunes a jueves y a partir del 18 de junio, reinicia el comercio en colonias, barrios y pueblos con una plantilla no mayor a 5 empleados;
  • Los protocolos de seguridad sanitaria que debe implementar cada giro o sector, están consultables en: https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/

 

Para mayor detalle, recomendamos dar lectura a los Lineamientos previamente referidos, para lo cual al final de la presente nota, adjuntamos los accesos directos.  En caso de alguna duda o comentario, recuerde nuestra área de Consultoría Laboral, está a su disposición. 

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