Estimados clientes y amigos:
De conformidad con el artículo 74, fracción V de la Ley Federal del Trabajo, el próximo jueves 16 de septiembre, es un día de descanso obligatorio en México.
Conforme a lo anterior, aquellos centros de trabajo que por su giro, actividades o industria, requieran de los servicios subordinados de uno o varios empleados en esa fecha, deberán de cubrir además de un salario ordinario, un salario doble; esto es, el patrón que requiera de los servicios de alguno de sus empleados este próximo jueves, habrá de cubrirle un salario triple.
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