Estimados clientes, empresarios y amigos, derivado de la inquietud y dudas que ha generado la próxima transmisión del Poder Ejecutivo y sobre el día de descanso que se deberá de conceder le queremos compartir la siguiente información:
El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.
Dicha reforma estableció que, a partir de 2024, la toma de protesta del Presidente de la República será el primero de octubre.
Esta modificación permite que la presidenta entrante tenga tiempo suficiente para formular y presentar su propuesta de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos de la Federación.
De esta forma se tiene que ajustar el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo para armonizar la ley con la constitución, para establecer que es día de descanso obligatorio el 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
A la fecha, no se ha modificado el 74 de la LFT, sin embargo, en una interpretación correcta de dicho artículo, al referir expresamente que el descanso es “por la transmisión del poder ejecutivo”, es que consideramos a pesar de no realizarse dicha reforma en los próximos días, deberá concederse como descanso.
Para mayor detalle no dude en contactarnos.