SE LOGRA ACUERDO ENTRE LA IP, GOBIERNO FEDERAL Y SINDICATOS EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN LABORAL

Después de más de 3 meses de negociaciones y 80 mesas de trabajo, los factores de la producción y el gobierno federal el pasado 5 de abril de 2021, alcanzaron acuerdos para regular la subcontratación laboral en México.

Lo anterior, derivó de la iniciativa presentada por el presidente López, para reformar la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del INFONAVIT, Ley del ISR y Código Fiscal de la Federación, para reformar (desaparecer) la figura de la subcontratación laboral (outsourcing). Con motivo de ello, el pasado diciembre de 2020, la IP, representantes sindicales y gobierno federal suscribieron un acuerdo tripartito para que a partir de ese momento, los sectores involucrados discutieran la iniciativa, así como sus posibles efectos.

Los principales acuerdos en dicha materia, consisten en lo siguiente:

  1. Prohibición de la subcontratación de personal, entendiendo por esta que una empresa ponga a disposición de otra a sus trabajadores.
  2. Regulación de la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas, distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante. Se prevé permitir y considerar como servicios especializados, la prestación de servicios compartidos entre empresas.
  3. Registro ante la STPS y la inscripción al padrón público de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializadas.
  4. La responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento cuando exista la subcontratación de servicios u obras especializadas.
  5. Otorgamiento de un plazo de 3 meses, para que se regularice la situación de los trabajadores subcontratados, los cuales correrán una vez que la STPS publique los lineamientos para que las empresas subcontratistas puedan obtener el registro para su operación, para lo cual se prevén 30 días a partir de la publicación de la reforma.

En materia de utilidades, se acordó: a) para evitar posibles distorsiones en empresas de uso intensivo de capital, crear 2 modalidades para su cálculo que será con un límite de 3 meses de salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos 3 años, lo que beneficie más al trabajador.

 

Resulta importante destacar que los acuerdos previamente referidos, serán entregados a la H. Cámara de Diputados para que puedan ser considerados por los legisladores para su discusión y aprobación, por lo que habremos de estar pendientes los próximos días, para conocer el contenido del documento oficial que remita el Ejecutivo, del cual se desprenderá de manera detallada el marco normativo sobre el cual se pretenden aterrizar los acuerdos referidos. Importante destacar que el presente periodo ordinario de sesiones, concluye el 30 de abril de 2021, por lo que se vislumbra que dicho tema (prioritario para el gobierno federal), sea atendido por el Congreso de la Unión de manera acelerada (fast track).

 

Para mayor detalle sobre la presente nota, no dude en contactar a nuestra área de Consultoría Laboral.