
Mary Kay obtiene primera suspensión provisional contra reforma al outsourcing
La jueza María del Carmen Leticia Hernández programó para el próximo viernes la audiencia donde se conocerá si la suspensión es definitiva.

La jueza María del Carmen Leticia Hernández programó para el próximo viernes la audiencia donde se conocerá si la suspensión es definitiva.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de subcontratación laboral, publicada el 23 de abril de 2021, que salvo las modificaciones en materia fiscal, ya entró en vigor, continúa causando dudas, inquietudes e incertidumbre entre las empresas, principalmente respecto a qué se podrá subcontratar y qué no.
La Secretaría del Trabajo aclaró que las actividades derivadas de contratos mercantiles, como las de despachos contables, legales y de consultorías, no son consideradas servicios especializados y, por lo tanto, no requieren el nuevo registro para operar.
Las empresas que ofrezcan servicios de subcontratación especializados deberán también rendir informes al IMSS y al Infonavit, además de acreditar ante el contratante el cumplimiento de sus obligaciones patronales, según el borrador del decreto de reforma.
Al no poder incorporar en su nómina a todos los empleados subcontratados, las empresas están más propensas a caer en la informalidad para atraer talento, advierten las firmas de tercerización.